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Consejo

CONVOCATORIA DE ELECCIONES AL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES

martes 28 de octubre de 2014 CGTS

Hoy, 19 de diciembre, finalizado el plazo para formular reclamaciones a las candidaturas por parte de los Colegios, se anuncia:

CANDIDATURAS A LA PRESIDENCIA: Ambas candidatas según la documentación presentada cumplen los requisitos establecidos en el procedimiento electoral.

• La primera denominada A con fecha de registro de entrada en el Consejo 05.12.14 de Ana I. Lima Fernández.
Ver programa de trabajo

• Y la segunda denominada B con fecha de registro de entrada 09.12.14 de Virginia Tovar Martínez.
Ver programa de trabajo.

CANDIDATURAS A LA JUNTA DE GOBIERNO:
Se proclama la candidatura A formada por:
ENCARNACIÓN PELÁEZ QUERO
ENRIQUE PASTOR SELLER
EMILIANA VICENTE GONZÁLEZ
MANUEL GUTIÉRREZ PASCUAL
CARMEN VERDE DIEGO
CARMEN NÚÑEZ CUMPLIDO
CRISTINA ROCA CARPIO
ANA MARÍA MAYA GONZÁLEZ
RAFAEL ARREDONDO QUIJADA
JUAN MANUEL RIVERA PUERTO
GONZALO SABORIDO MARTÍNEZ
ANA MARIA MUÑOZ COLERA
Ver programa de trabajo y composición de vocalías.

Se considera decaída la candidatura B (cuya composición aparece en el programa que presenta la candidata a la presidencia Virginia Tovar) por no reunir parte de sus candidatos/as los requisitos exigidos por el artículo 16 y siguientes de los Estatutos del Consejo General en cuanto a la acreditación de experiencia profesional.

CONVOCATORIA DE ELECCIONES A LOS CARGOS DE PRESIDENCIA Y RESTO DE CARGOS ELECTOS DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CONSEJO GENERAL DEL TRABAJO SOCIAL

- CONSULTA TODOS LOS DETALLES DEL PROCESO ELECTORAL

- EL BOE PUBLICA LOS NUEVOS ESTATUTOS

Las elecciones se celebrarán según lo previsto en los Estatutos vigentes del Consejo General, aprobados mediante Real Decreto 877/2014, de 10 de octubre, publicados en el BOE nº 259, de fecha 25 de octubre de 2014, con arreglo al calendario electoral PINCHA AQUÍ
Noticia: El BOE publica los nuevos estatutos del Consejo General del Trabajo Social

- Inicio del plazo para la presentación de candidaturas a Presidencia y restantes miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General ante la Secretaría del Consejo General por conducto de los Colegios Oficiales. 30 días hábiles para presentar candidaturas. Desde 29/10/14 hasta el 04/12/14. (Real Decreto 877/2014 Estatutos CGTS. Artículo 16. Condiciones de elegibilidad y Articulo 18.Presentación de candidaturas para la elección de la Presidencia y de los restantes miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General).

- Los colegios serán los que deberán garantizar que las candidaturas presentadas reúnen los requisitos establecidos en:

Según Sección 5.ª Procedimiento electoral de la Presidencia y miembros de la Junta de Gobierno.
Artículo 16. Condiciones de elegibilidad:
1. Podrán ser elegibles para el cargo de la Presidencia y miembros de la Junta de Gobierno todas las personas colegiadas que, estando en el ejercicio de la profesión, reúnan los requisitos previstos en los apartados siguientes y no se hallen incursos en incompatibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
2. Para poder acceder al cargo de la Presidencia se deberá acreditar la colegiación durante cinco años consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la candidatura y haber ejercido la profesión durante el mismo número de años, sin que éstos deban ser correlativos.
3. Para el resto de los cargos se deberá acreditar estar colegiado y en el ejercicio de la profesión al menos durante tres años, en las mismas condiciones que las establecidas para el cargo de Presidencia.

Artículo 18. Presentación de candidaturas para la elección de la Presidencia y de los restantes miembros de la Junta de Gobierno del Consejo General.
1. Las personas colegiadas que, reuniendo los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 del artículo 16 de los presentes Estatutos, pretendan acceder al cargo de la Presidencia del Consejo General remitirán sus candidaturas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir de la fecha de convocatoria de las elecciones, a la Secretaría General del Consejo General por conducto de los Colegios Oficiales.
En dichas candidaturas constarán el nombre y apellidos de la persona candidata, siendo acompañadas del currículum vítae de la misma y del programa de trabajo.
2. Las candidaturas a Vicepresidencia, Secretaria General, Tesorería y Vocales serán cerradas y bloqueadas, y en ellas constarán nombre y apellidos de persona candidata y asignación de los respectivos cargos. Las candidaturas serán acompañadas del currículum vítae de cada una de ellas y su correspondiente programa de trabajo. Cada candidatura incluirá el nombre de dos suplentes que deberán reunir los mismos requisitos establecidos para las personas candidatas.
3. La Junta de Gobierno del Consejo General admitirá las candidaturas para los cargos mencionados en el apartado 2 de este artículo, remitidas a la Secretaría General del mismo, por conducto de los Colegios Oficiales, en el plazo de treinta días hábiles desde la fecha de la convocatoria de las elecciones.
4. En los cinco días siguientes a la finalización del plazo para la presentación de las candidaturas a los cargos de la Presidencia y de los restantes cargos de la Junta de Gobierno señalados en el apartado 2 del presente artículo, la Junta de Gobierno del Consejo General comunicará a los Colegios por cualquier medio, incluso electrónico, fehaciente, las candidaturas que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 16 de los presentes Estatutos, estableciéndose un plazo de dos días para la subsanación, en su caso, de las irregularidades detectadas en las mismas. Subsanadas dichas irregularidades, se procederá a la proclamación de las respectivas candidaturas.
5. Los Colegios que quisieren formular reclamaciones contra las respectivas listas de candidaturas habrán de presentarlas dentro de los cinco días siguientes a su comunicación por el Consejo General. La Junta de Gobierno del Colegio remitirá las reclamaciones al Consejo General, cuya Junta de Gobierno las resolverá dentro de los siete días siguientes a su recepción, remitiendo a los Colegios las listas definitivas.

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