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MURCIA

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS ÉTICOS EN MATERIA DE SOLICITUD DE COLABORACIÓN POR PARTE DE TERCEROS

 

Desde COTS-RM se ha elaborado la Declaración de principios éticos en materia de solicitud de colaboración por parte de terceros para acciones de investigación, transferencias de conocimientos y buenas prácticas.

Descargar versión pdf. Documento aprobado en Junta de Gobierno de 18 de enero de 2024

 

Información


Con carácter general, y previa al estudio de las solicitudes de colaboración en materia de investigación, éstas deberán contener los siguientes elementos en su objeto:

  1. Trabajador/a Social. El grupo de Investigación solicitante deberá integrar al menos a una Trabajadora o Trabajador Social en el equipo de investigación.
  2. Colegiación en el COTS-RM. La persona solicitante de colaboración (o al menos una de ellas en caso de formar parte de un equipo investigador) deberá estar precolegiada o colegiada en el COTS-RM y al corriente del pago de las cuotas, debiendo acreditar esta situación en el momento de formalizar dicha colaboración. De forma extraordinaria y justificando la relevancia del estudio, en casos de colegiación en otros Colegios de Trabajo Social o personas no colegiadas se podrá valorar la aceptación de colaboración previo acuerdo de Junta de Gobierno del COTS-RM. No se aplicará este criterio a estudiantes de Trabajo Social que desarrollen sus estudios de Grado en Trabajo Social en el territorio de la Región de Murcia.
  3. Región de Murcia. El objeto de estudio de las investigaciones a difundir (salvo acuerdo de Junta de Gobierno por cuestiones de relevancia para la profesión del Trabajo Social) se delimita en el territorio de la Región de Murcia o en investigaciones realizadas desde organismos, entidades, profesionales de Trabajo Social colegiadas/os de la Región de Murcia
  4. Investigaciones sobre Trabajo Social. Las investigaciones deberán versar sobre cuestiones directamente relacionadas con el Trabajo Social, con especial interés de aquellas que tengan como objetivos la innovación social, la transferencia de conocimientos hacia la práctica profesional o el estudio de buenas prácticas. Todo ello referido a investigaciones sobre el Sistema de Servicios Sociales, Políticas Sociales, Sistemas de Protección del Bienestar Social y áreas de intervención del Trabajo Social.
  5.  Código Deontológico de Trabajo Social. Las investigaciones deberán tener como referencias explícitas o implícitas el enfoque de derechos humanos, la declaración global de los Principios Éticos del Trabajo Social y el Código Deontológico de Trabajo Social editado por el Consejo General del Trabajo Social, en su caso la potenciación de la colegiación de trabajadores /as sociales.
  6.  Feedback. El equipo investigador, o la persona responsable de la investigación, deberá adjuntar una declaración en el que se comprometa a la devolución los resultados obtenidos durante la investigación.
  7. Acciones de divulgación. Con el fin de compartir los resultados obtenidos, se podrá proponer cualquier actividad o acción de divulgación con carácter gratuito destinada a las personas colegiadas en el COTS-RM, que verse sobre la investigación o temas de interés para el colectivo de profesionales colegiados.
  8.  Datos de personas colegiadas. El equipo de investigación nunca tendrá acceso a los datos de las personas colegiadas, sino que será el COTS-RM el que difunda las investigaciones en sus boletines o en envíos directos a las personas colegiadas. Siendo las/os propias/os interesadas/os los que, en caso de precisarse, se pondrían en contacto o facilitarían directamente sus datos.
  9.  Mención al COTS-RM. Las investigaciones en las que colabore activamente el COTS-RM, deberán de incluir en su informe final la constancia de la colaboración y participación del COTS-RM. No se hará mención del COTS-RM en los casos en los que la colaboración se limite únicamente a la difusión de la investigación
  10. Difusión Consejo General del Trabajo Social. A las personas cuyas solicitudes de colaboración no cumplan con los principios éticos del COTS-RM, y, por tanto, no se colabore y/o no sean difundidas, se les informará que pueden remitir su petición al Consejo General del Trabajo Social para su valoración a través del correo electrónico consejo@cgtrabajosocial.es. El COTS-RM difunde en un apartado independiente al del COTS-RM las investigaciones aprobadas por el Consejo General del Trabajo Social en https://www.cgtrabajosocial.es/rinconinvestigacion

 

Estas condiciones afectarán a toda solicitud de colaboración en materia de investigación y serán condición indispensable para su estudio o análisis por parte del COTS-RM, quedando aprobadas y entrando en vigor por aprobación en Junta de Gobierno el 18 de enero de 2024.

Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

C/ Sargento Ángel Tornel, 1

30009 Murcia

(presencial solo con cita previa) de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h. y miércoles de 16:00 a 19:00 h.

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